lunes, 18 de julio de 2011

El 3 de Noviembre de 1887, el Congreso sanciona la ley de Bancos Nacionales Garantidos.




1890 a 1894 - Caja de Conversion y BNG


El 3 de Noviembre de 1887, el Congreso sanciona la ley de Bancos Nacionales Garantidos, con el fin de nivelar la circulación monetaria que sufría un desconcierto por las emisiones locales de las provincias. La Ley de Bancos Garantidos establecía que cualquier banco estaba autorizado a emitir billetes con la condición de realizar un depósito en oro en el tesoro nacional, por el cual recibiera una determinada cantidad de bonos públicos. 




1_peso_bng.JPG
Archivo:Arg 10Centavos 1884 A.jpg
Billete de 10 centavos del Banco Nacional, 1884



Billete de 20 centavos del Banco Nacional, 1884


Archivo:Anverso - Billete 5 centavos de Peso Moneda Nacional (Argentina).png
Billete de 5 centavos del Banco Nacional, 1891

Las leyes por las cuales la Caja habilitó billetes de los Bancos Nacionales Garantidos con resellos,
son las siguientes: № 2715 del 6 de setiembre de 1890;2841 del 16 de octubre de 1891;
2842 del 29 de octubre de 1891; 3062 del 8 de enero de 1894, y 
3504 del 20 de setiem­bre de 1897.




Sellos utilizados en las diversas leyes de cada emisión de los BNG


En 1891 se liquidó el Banco Nacional y se fundó el Banco de la Nación Argentina.



Ley 6 / 9 de 1890

Ley 16 / 10 de 1891

Ley 8 / 1 de 1894

Ley 20 / 9 de 1897

1890189118941897



Signos Utilizados para Identificar las Series en la emisión de La Nación



Serie A

Serie B

Serie C

Serie D

ABCD
  

Serie E

Serie F

Serie G

Serie H

EFGH

Serie I

Serie K

Serie L

Serie M

IKLM

 Firmas para las Emisiones de los Bancos Nacionales Garantidos.
 Achaval, Nicolas  Achaval      Sastre, Angel      Sastre      
 Agote, Pedro Agote  Casares, Vicente Casasres 
 Aguirre, Manuel Aguirre  Bouquet Roldan, Carlos Bouquet 
 Areco, Jose Areco  Donovan, Daniel Donovan
 Aubone, Alberto Aubone  Palacios, Eloy Palacios 
 Benitez, Jose Benitez  Cardenas, Ventura Cardenas 
 Cuyar, Manuel Cuyar   
 Garcia, Luis Garcia   
 Marin, Placido Marin   
 Martinez, Victor MArtinez  De las Carreras, Oscar Carreras 
 Molina, Luis Molina  Olivera, Francisco Olivera 
 Pero, Rafael Pero   
 Santamarina, Ramon  Santamarina  Steward, Diego Steward 
 Castellanos, Telasco Castellanos  Godoy, Juan Godoy 
 Echegaray, Miguel Echegaray  Diaz, Santiago Diaz 


 Un poco de Historia de los Bancos Nacionales Garantidos.

De todas las tentativas legales que hemos enumerado, se destaca la ley N 2216,de 3 de noviembre de 1887 y su decreto reglamentario del 18 de dicho mes, de creación de los Bancos Nacionales Garantidos, que autorizaba a instituciones constituidas para efectuar operaciones bancarias, a establecer en cualquier ciudad o pueblo de la República, bancos de depósitos y descuentos, con facultad de emitir billetes garantidos, no con oro, sino con fondos públicos nacionales, respetando las prescripciones detalladas en la ley.
A semejanza de los famosos "green backs" de los Estados Unidos que le sirvieron de modelo,los billetes emitidos no eran convertibles en moneda de oro, sino en moneda nacional, reemplazando la anterior disposición de la ley de 1881, que disponía el pago al portador y a la vista en pesos de oro. No obstante las precauciones legales para mantener estable el valor del billete papel,la crisis económica y financiera que se insinuaba al finalizar la década de 1880, explotó en 1890 con la quiebra de sociedades anónimas, cuyas acciones habían entrado en el juego de una especulación desenfrenada y con las corridas de los depósitos en los bancos Nacional y de la Provincia de Buenos Aires, temerosos sus depositantes por las consecuencias de la crisis desatada, que obligó al gobierno a apuntalarlos mediante nuevas emisiones.
Esta situación llevada al campó político, derivó en la revolución de julio de 1890, que sin ser triunfante, originó la renuncia del presidente de la República Dr. Miguel Juárez Celman pocos días después.
Los Bancos Nacionales Garantidos, que al nacer cifraron tantas esperanzas, habían fracasado; las emisiones subsiguientes, hechas sin el respaldo de los fondos públicos nacionales, no hicieron sino aumentar la desconfianza pública y los bancos Nacional y de la Provincia, de tan meritorios antecedentes como factores del progreso del país, cayeron en cesación de pago, cerrando sus puertas.
El nuevo gobierno presidido por el Dr. Carlos Pellegrini, tuvo que afrontar la gravísima crisis financiera y reconstruir el crédito bancario. Tanto el primer mandatario como su ministro de hacienda Dr. Vicente Fidel López, eran enemigos de la emisión de papel moneda inconvertible y partidarios de cambios en el sistema bancario oficial.
No obstante ello, la angustiosa situación constituida por un tesoro nacional exhausto y la falencia del Banco Nacional, obligaron al gobierno falto de recursos, a arbitrarlos mediante una emisión de billetes de tesorería de curso legal y cancelatorio, por un monto de sesenta millones de pesos, medida autorizada por la ley N 2715, sancionada el 6 de setiembre de 1890. 
Hemos creído indispensable presentar esta reseña histórica del billete papel, convertible o no, que culminaría con su estabilización y conversión metálica, con la creación de la "Caja de Conversión" por la ley N 2741, de 7 de octubre de 1890; del "Fondo de Conversión" de la emisión fiduciaria de la N 3871 de 4 de noviembre de 1899 y de la ley N 2841 de 16 de octubre de 1891, de fundación del Banco de la Nación Argentina, que constituyeron los firmes sistemas de una moneda sana, libre de vaivenes durante medio siglo, soportando con solidez dos guerras mundiales, que pusieron a prueba nuestra economía hasta la aparición de un proceso regresivo y nefasto de inflación, surgido a raíz de la revolución de 1943, que subordinó la economía a una condenable política demagógica.





1895 a 1904 - Emisiones para La Nacion
1_peso_cc_lanacion.JPG
Entre 1895 y 1898 fueron emitidos directamente, billetes para "La Nación" sin resellos, que serían los primeros propios de la Caja, en los valores de $ 2,- hasta $ 1.000,- completada desde 1904 a 1906 con los de $ 1,- pero con resello "Ley 20 de setiembre de 1897", todos impresos por la Compañía Sud-Americana de Billetes de Banco, éstos, habilitados no obstante que ya se emitían los de diseño ex­clusivo con la efigie del Progreso, como así también los últimos en este valor de los Bancos Nacionales Garantidos con el mismo resello, que se emitieron en 1903. Ello se debió a que la Casa de Moneda no tenía suficiente capacidad para satisfacer la de­manda de ese valor, muy solicitado por el público. Si bien se superponen con aque­llos del Progreso, se tratan en este capítulo por una cuestión de mejor ordenamiento. También llevan letra de serie al principio de la numeración y signo al final, que se co­rresponde con cada letra. Lo mismo que con los Fraccionarios, las numeraciones han sido constituidas tomando lo remitido y recibido, según facturas de la Compañía im­presora. Las firmas, por las fechas de actuación de los funcionarios, pero ajustadas con billetes vistos, ya que en algunos casos, ellas no estaban en vigencia en las fechas de recepción, principalmente en los valores más altos. Surge entonces, por las evidencias y lógica deducción, que las firmas se imprimían posteriormente, cuando era necesario habilitarlos, sin duda por medidas de seguridad. Esta emisión estaba autorizada por la Ley 3062 del 8 de Enero de 1894.

Signos Utilizados para Identificar las Series en la emisión de La Nación






Serie A

Serie B

Serie C

Serie 

ABCD

 Areco, Jose  Areco   Mayol, Carlos   Mayol  
 Aubone, Alberto  Aubone   Molina, Luis   Molina  
 Benitez, Jose Benitez   Pero, Rafael   Pero  
 Garcia, Hemeterio  Garcia   Rubio, Jose   Rubio  
 Marin, Placido Marin   Sala, Antonio   Sala  

Firmas utilizadas en la emisión de La NaciónArchivo:Anverso - Billete 10 centavos de Peso Moneda Nacional (Argentina).png



(Billete de Diez Centavos de la República Argentina, correspondiente al año 1895. Anverso.) Firma de MARIN, PLACIDO y ARECO, JOSE.











    No hay comentarios:

    Publicar un comentario