jueves, 25 de octubre de 2012

“Argentino” oro. Ley N° 1130

En 1881 se sancionó la Ley N° 1130 –de unificación de la amonedación nacional- la que determinó la convertibilidad de la moneda nacional a oro, y la emisión de una moneda que se denominó “Argentino” oro
























Esta moneda era equivalente a $m/n 5 (cinco pesos moneda nacional), casi igual al Soberano Inglés (99,12%). En 1885 se suspendió la convertibilidad, para retomarse en 1899, con la Ley N° 3871, la que establecía una paridad de $1 oro igual a $m/n 2,2727.

A partir de 1899 y hasta 1929, el peso moneda nacional se mantuvo en casi la misma relación con el dólar estadounidense ($m/n 2,35 equivalían a 1 dólar estadounidense), con algunas fluctuaciones a partir de 1914 (donde si bien se suspendió la convertibilidad, se mantuvieron las “reglas del juego” del patrón oro) y hasta 1927, donde se restableció legalmente, para ser abandonada en 1929.

La vigencia de la convertibilidad en tan largo período (alrededor de 30 años), permitió a la Argentina un 

crecimiento del Producto Bruto Interno del 4,1 % promedio anual.


MOTIVO DEL ANVERSOEl diseño de las mismas presenta en el centro del anverso el Escudo Nacional rodeado por las banderas de las 14 Provincias existentes en el momento de su emisión, circundado por la leyenda “REPUBLICA ARGENTINA” y el año de emisión.
MOTIVO DEL REVERSOReproduce la Libertad de Oudiné rodeada por la inscripción “LIBERTAD * 5 PESOS * UN ARGENTINO * 9 Dos FINO”.
VALOR FACIAL
$5
PESO
8,064 gramos
DIAMETRO
22 mm
CALIDAD
Circulación
METAL
Oro 900/ Cobre 100 (9/10: 0,2333 Oz Troy oro)
PRESENTACION
Cápsula de acrílico
CANTO
Parlante con la expresión "IGUALDAD ANTE LA LEY"
ACUÑACION
Se realizaron diez acuñaciones correspondientes a los años 1881 a 1889 y 1896



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